El Real Decreto-ley 8/2021, de 4 de mayo (Ref. BOE-A-2021-7351), por el que se adoptan medidas urgentes en el orden sanitario, social y jurisdiccional, a aplicar tras la finalización de la vigencia del estado de alarma declarado por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2 ha modificado los siguientes artículos de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa:
- SE MODIFICA el art. 87, 122 quater y SE AÑADE el art. 87 ter